¿Debo pagar impuestos?

Si vives en el Perú pero tienes ingresos del exterior (Rentas de Fuente Extranjera), deberás adicionarlos a tus ingresos de fuente peruana y pagar un impuesto por ellos.

Son renta de fuente extranjera, por ejemplo:

  • La renta obtenida por alquilar un inmueble ubicado en el extranjero.
  • Los intereses obtenidos por depósitos bancarios en entidades financieras del exterior.
  • La renta obtenida por prestar servicios en el exterior.
  • Las utilidades percibidas de una empresa domiciliada en otro país.
  • La renta obtenida por la venta de acciones emitidas por una empresa de otro país, negociadas en la Bolsa de Valores de otro país (*)
  • La renta obtenida por la venta de acciones emitidas por una empresa de otro país, negociadas en la Bolsa de Valores de Lima (*).

(*) Se considera Renta de Fuente Extranjera porque las entidades que emiten estos valores mobiliarios no están domiciliadas en el Perú.

Por regla general las Rentas de Fuente Extranjera se suman a las Rentas del Trabajo y el impuesto se paga al momento de presentar la Declaración Jurada Anual.

Dichas rentas se suman y compensan entre sí y únicamente si de dichas operaciones resulta una renta neta, se adicionará a las rentas de fuente peruana.

Estas rentas de fuente extranjera, no se categorizan y se consideran para efectos del impuesto a la renta siempre que se hayan percibido.

Cuando las Rentas de Fuente Extranjera se suman a las Rentas de Trabajo

Determinar si debe presentar Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta y si tiene saldo pendiente por pagar.

El señor Juan Laredo Soto, con RUC Nº 10578569872, de profesión médico, durante el ejercicio gravable 2021 ha obtenido los siguientes ingresos:

  • Como médico independiente, la Clínica “B” le ha pagado la suma de S/127,000 y le ha retenido la suma de S/ 10,160.

  • En su condición de trabajador dependiente en el Hospital del Niño, ha obtenido ingresos por S/ 24,000 y le han retenido la suma de S/ 1,920.
  • Por su trabajo, en su consultorio particular ha emitido Recibos por Honorarios por 36,000 y realizados pagos a cuenta por S/ 2,880.
  • El banco le ha retenido por concepto de ITF (Impuesto a las transacciones Financieras) por sus ingresos profesionales de cuarta la suma de S/ 496.
  • El 22 de octubre realizó una exposición en EEUU por la que se le pagó $2,400 que los recibió en efectivo el mismo día de la exposición y se le retuvo la suma de $ 450.
  • Tiene gastos deducibles adicionales por S/.400.